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El proceso de tasación: conceptos generales para que los laudos sean útiles y definitivos

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Pautas para resolver disputas en reclamos de seguros de propiedad de primeras partes
2da Edición
Por Jonathon Held
 

I. Introducción

La valoración es un método frecuentemente utilizado, a menudo denostado, de resolución de disputas en el mundo de los seguros de propiedad. Por lo general, la tasación se utiliza solo para fines de evaluación y no resuelve definitivamente un reclamo en el que la cobertura o, en algunos casos, la causa también están en disputa. Aunque las ventajas percibidas de la tasación frente al litigio son que se la considera rápida, económica y relativamente final, el proceso de tasación es frecuentemente criticado debido a los laudos impredecibles que no ayudan a resolver el reclamo disputado y, en algunos casos, pueden llevar a un litigio prolongado. Si, sin embargo, se realiza una tasación con lineamientos adecuados, el proceso puede ser valioso para dar término a las disputas de valoración.

A continuación, se describe un proceso cuyo objetivo es dar lugar a un laudo inequívoco sobre la tasación. Independientemente de la magnitud o la complejidad del objeto de la disputa, el asegurado y la aseguradora siempre deberían abordar el proceso de tasación de forma cuidadosa.

Es crucial que la tasación de la pérdida en disputa sea comunicada de forma clara e inequívoca a los tasadores y al mediador (el panel de valoración) que decidirán sobre el problema, y que esta sea comprendida por ellos. Es igualmente imperativo que el laudo de la valoración se informe de tal manera que sea posible garantizar que la resolución del conflicto sobre la valuación sea definitiva.

Las normas o leyes que rigen la valoración varían según la jurisdicción y no están abordadas en el presente documento. Los asuntos relacionados con la puntualidad o ejecución de una tasación, la imparcialidad de un tasador o mediador, los procedimientos para llevar a cabo la tasación, la información o ejecución de un laudo, etc., deberán siempre ser revisados por un asesor cuando sea apropiado. El objetivo de este artículo es brindarles a las partes del proceso de tasación una perspectiva general de las cuestiones por considerar. El objetivo del proceso es producir un resultado útil que resuelva definitivamente una disputa respecto del valor de una pérdida.

II. El contrato de seguro

Las pólizas de seguros generalmente estipulan una tasación como medio de resolver disputas relacionadas con la pérdida y el valor posteriores a un evento. Generalmente, la disposición de tasación de cualquier póliza de seguros indica que, en el caso de que las partes no lleguen a un acuerdo sobre el monto de la pérdida, cualquiera de las partes puede exigir que el monto de la pérdida sea determinado por un tasador. Las pólizas de seguros generalmente contienen disposiciones de tasación que disponen lo siguiente en el caso de una disputa:

  • Cada parte puede exigir que la disputa de pérdida y valor se presente para su tasación.
  • Las demandas se deben hacer por escrito.
  • Cada parte selecciona su tasador.
  • Los tasadores luego acuerdan nombrar a un tercero como mediador.
  • Si los tasadores no logran ponerse de acuerdo con respecto al mediador, este será seleccionado por un tribunal con jurisdicción sobre el asunto.
  • Los tasadores intentan acordar la cuantía de la pérdida y el valor.
  • Si los tasadores no logran llegar a un acuerdo, sus diferencias se presentarán al mediador.
  • Se requiere un laudo por escrito, y se lo considerará final cuando al menos dos partes de la tasación sean firmantes.
  • Las partes pagan los honorarios correspondientes a sus propios tasadores y afrontan de forma equitativa el costo del mediador junto con cualquier otro costo relacionado con la tasación.

A lo largo de los años se han introducido pocos cambios en cuanto a las disposiciones de valoración contenidas en las pólizas de seguros de propiedad. A continuación se incluye la cláusula de tasación contenida en la póliza de seguro contra incendios estándar de Nueva York 1943. [1]

"En el caso de que el asegurado y esta Compañía no lleguen a un acuerdo con respecto al valor efectivo real o al monto de la pérdida, entonces, en la demanda escrita de cualquiera de ellos, cada uno deberá seleccionar un tasador competente y desinteresado, y notificar a la otra parte del tasador seleccionado dentro de los veinte días de dicha demanda. Los tasadores primero elegirán a un mediador competente y desinteresado; y en caso de que no llegaran a un acuerdo al respecto en el plazo de quince días, entonces, a pedido del asegurado o de esta Compañía, dicho mediador será elegido por el juez de un tribunal de registro del estado en el cual esté ubicada la propiedad objeto de la cobertura. Los tasadores luego deberán valuar la pérdida, desglosando el valor efectivo real y la pérdida correspondientes a cada artículo; en caso de no llegar a un acuerdo, deberán presentar sus diferentes opiniones únicamente al mediador. Un laudo por escrito, así desglosado, de dos cualesquiera cuando se presenta con esta Compañía determinará el monto del valor efectivo real y la pérdida. Cada tasador recibirá el pago de la parte que lo seleccionó, y a los gastos de la tasación y del mediador los pagarán las partes por igual".

En los últimos años, las palabras "competente" y "desinteresado" generalmente no se incluyen en las disposiciones de tasación de las pólizas de seguros. Algunos estados reconocen que es probable que el tasador nombrado por cada una de las partes sea un abogado, y otros incluso han permitido que sea remunerado con honorarios basados en una contingencia y/o un porcentaje. Otros estados tienen una visión mucho más estricta en cuanto a quién puede actuar como tasador designado por una parte y a qué constituye "desinterés".

Existen algunos estados que tienen requisitos de residencia para los tasadores, e incluso en otros se requiere que los tasadores sean ajustadores de seguros con licencia. El estado de Washington, sin embargo, cambió recientemente este requerimiento después de que el autor testificó en una audiencia de la legislatura del estado de Washington, la cual aprobó una ley unánimemente para clarificar la definición de "ajustador" y eliminar el requisito de residencia de las valoraciones en Washington.

Si bien las pólizas de seguros reconocen que una tasación es un medio por el cual se puede dictaminar un "valor", las pólizas prácticamente no contienen ninguna pauta adicional respecto de la forma y el objeto de la tasación. Tampoco incluyen instrucciones por medio de las cuales los valores en disputa serán informados a las partes. De hecho, probablemente no haya otra guía práctica sobre cómo tasar una pérdida disputada en la póliza de seguro. Entonces, le corresponde a las partes, o bien, en caso de existir un litigio, al tribunal resolver estas cuestiones.

III. Decidir que se solicitará una tasación, seleccionar al tasador y reaccionar a una demanda de tasación

Los asegurados y las aseguradoras que están considerando llevar a cabo una tasación están obligados a seguir el proceso descrito aquí antes de tomar la decisión definitiva de solicitarla.

Primero, dado que generalmente se asume que si las partes han llegado a un impasse o están razonablemente seguras de que no podrán llegar a un acuerdo sobre el monto de la pérdida [2], se debería considerar la revisión por un tercero antes de solicitar la tasación. En asuntos no complejos, probablemente sea el tasador considerado por cualquiera de las partes el que realice esta revisión. En casos más grandes y complejos, particularmente aquellos en los cuales la tasación podría eventualmente requerir la convocatoria de testigos expertos para que testifiquen ante el panel de tasación, un buen primer paso previo a hacer la demanda es buscar un testigo experto para que haga una revisión. Este proceso de revisión, si se lleva a cabo de manera imparcial y objetiva, tiene el beneficio de informar a una parte respecto de la razonabilidad de su postura y, a menudo, puede lograr que una de las partes decida resolver el conflicto extrajudicialmente antes de llegar a una demanda de tasación. Por otro lado, este proceso también puede ser útil para confirmar una postura anterior y validar la decisión de exigir la tasación.

En segundo lugar, una vez que se considera una demanda de tasación, la elección del tasador de la parte debería ponderarse seriamente en base a los siguientes criterios:

  • Conocimiento y competencia en la evaluación de las pérdidas que se están tasando en la disputa.
  • Conocimiento y competencia para transitar el proceso de tasación.
  • Capacidad de actuar como tasador dada la forma probable en la que se realizará la tasación. [3]

De los tres criterios indicados anteriormente, quizás el más importante sea la capacidad de un tasador de comprender el proceso y trabajar de forma eficaz durante todo su transcurso.

En tercer lugar, debe comprenderse con claridad el objeto de la valuación. Una vez que se tomó la decisión de solicitar una tasación, se debe realizar una demanda clara e inequívoca para determinar el valor o los distintos valores en conjunto, de modo tal que la parte que la reciba comprenda por completo el alcance de dicha demanda. Si bien esto parece obvio, existen innumerables casos en los cuales las partes inician una tasación sin definir correctamente su alcance. Si bien se indicará más al respecto en las siguientes secciones, siempre se debe marcar el curso de acción correcto para obtener un resultado final útil en el momento de la demanda. Por lo tanto, una demanda de tasación debería contener lo siguiente [4]:

  • Una declaración de que hay un desacuerdo sobre el monto de la pérdida.
  • La cláusula de tasación contenida en la póliza de seguros.
  • Una declaración concisa sobre el valor o conjunto de valores disputados que se deben evaluar, con especificidad razonable.
  • El nombre del tasador (o de los distintos tasadores, según las cuestiones por valorar), incluida toda la información de contacto necesaria.
  • Un memorando adjunto de muestra de la tasación propuesta (también llamado "protocolo").
Ejemplo: Un titular de un seguro hace un reclamo por un incendio ocurrido en su supermercado asegurado. La aseguradora emitió una póliza que cubría el edificio, los contenidos, las existencias y la interrupción del negocio. Existe acuerdo en cuanto a la cuantía de la pérdida de existencias y contenidos pero la pérdida de construcción (incluidas las actualizaciones del código y la remoción de escombros y la demolición que estén sujetas a sublímites) está en disputa. De igual manera, existe una disputa en torno a la pérdida por interrupción del negocio. La tasación de la póliza para edificios corresponde al costo de reposición, aunque en caso de que no se efectúe su reposición, la medida utilizada es el valor efectivo real. En este caso, la parte que presenta la demanda debe declarar claramente que la tasación se solicita para determinar la pérdida del costo de reposición y del valor efectivo real del edificio, la pérdida del monto por actualización del código, la pérdida por demolición y eliminación de escombros, y la pérdida del monto por interrupción del negocio. Al hacerlo, no habría ambigüedad sobre las cuestiones de valoración que se presentan al panel de tasación. Efectuar una demanda clara permitirá que la contraparte la comprenda inequívocamente y aumentará las posibilidades de que pueda acordarse un protocolo de tasación expresado por escrito sin mayores conflictos.
Estudio de caso: En un caso de Nueva Jersey en los 1990, un asegurado exigió una tasación de una pérdida controversial de una estructura residencial de seis familias. Las partes luego celebraron un memorando de tasación que contenía información limitada, salvo por la ubicación geográfica, y la fecha y el tipo de pérdida, además de la identidad de los tasadores. Los tasadores nombraron con prontitud a un mediador de mutuo acuerdo y se dispusieron a determinar el "monto de la pérdida". Luego, emitieron un laudo de forma oportuna. Después de recibir el laudo de "costo de reposición", el ajustador de la compañía de seguros intentó (por sí mismo) determinar el valor efectivo real y llegó a su opinión de la "pérdida pagadera". Sin embargo, los asegurados no estuvieron de acuerdo y demandaron a la aseguradora. Varios años después, el tribunal ordenó que se conformara un "nuevo" panel de tasación [5] para determinar la pérdida del costo de reposición y del valor efectivo real, debido a la condición de la propiedad en ese momento. Además, el tribunal ordenó que la pérdida sea tasada por el panel en el costo "actual" en lugar del costo de la fecha y hora de la pérdida. Para ese entonces, el edificio, que hasta el momento había pasado cuatro años sin reparaciones, se había deteriorado hasta llegar al punto en el que era, en esencia, una pérdida total. Finalmente, el nuevo panel adjudicó una compensación por una suma de casi $500,000 más que la tasación original.


Lo cierto es que el ejemplo y el caso de estudio precedentes ilustran la importancia de exigir una tasación de tal forma que enmarque la naturaleza de los artículos disputados y preserve el registro de la intención de la parte que solicita la tasación. En otras palabras, la demanda y el acuerdo final para tasar la pérdida disputada debería incluir términos que describan sin ambigüedad las valoraciones necesarias que se buscan, para que el asunto pueda concluirse después de la tasación. Esta es precisamente la definición de un laudo "útil".

La respuesta a una demanda de tasación, ya sea de un asegurado o de una aseguradora, por lo general debería incluir lo siguiente:

  1. Un reconocimiento de recepción de la demanda.
  2. Una declaración sobre si la tasación es un foro apropiado para resolver la disputa.
  3. Una definición de los asuntos que se deben valorar (o simplemente un acuerdo sobre los asuntos como se describió en la demanda de tasación).
  4. El nombre del tasador, si se acuerda que se hará una tasación.
  5. Una invitación a seguir la comunicación en un memorando escrito o protocolo que rija el proceso de tasación.

IV. Completar el panel de valoración: la elección del mediador

Determinar quién actuará como mediador en una tasación está entre las decisiones más importantes para asegurar que cualquier asunto de tasación en disputa pueda concluirse. Un mediador debe ser desinteresado, declarar los conflictos potenciales [6] e idealmente ser competente en los asuntos de tasación que se están dirimiendo. En realidad, un laudo injusto es un resultado muy poco frecuente en una tasación en la que el mediador es un "experto" en los temas de valoración que se están dirimiendo. En muchos casos, debido a la creciente desconfianza entre los asegurados y las aseguradoras, un tribunal que tiene jurisdicción sobre el asunto suele designar a los mediadores para la tasación, aunque también suele ocurrir que los mediadores no tienen experiencia en el proceso de tasación ni tampoco cuentan con competencia en las disputas de valoración que está dirimiendo el panel.

En lo que respecta al momento de efectuarla, sería prudente nombrar al mediador antes de proceder con la tasación. Si bien existe la creencia de que los tasadores primero se deben reunir para determinar cuáles son sus diferencias antes de elegir a un mediador, esto puede resultar poco práctico por distintas razones. Habitualmente, la mejor oportunidad que tienen los tasadores de elegir al mediador de mutuo acuerdo se presenta al comienzo de la tasación. Si los tasadores están en desacuerdo sobre los valores de las pérdidas en disputa, es muy poco probable que se pongan de acuerdo en cuanto a la elección de un mediador.

En casos grandes y complejos, postergar la elección del mediador puede provocar un retraso o gastos adicionales en la resolución de la decisión de tasación.

Quizás la razón más importante para elegir a un mediador al comienzo de la tasación sea que un mediador experimentado y eficaz puede ayudar a los tasadores a negociar el proceso, dirigiéndolos (y a veces a las partes también) hacia un consenso respecto del proceso y otras cuestiones. Esto, en ocasiones, puede conllevar el beneficio de acelerar el proceso de tasación y, efectivamente, ayudar a resolver definitivamente los reclamos incluso cuando existen disputas sobre la cobertura. Un mediador experimentado también puede ser útil para ayudar a las partes a finalizar los protocolos en el acuerdo de tasación, como se ilustra en el siguiente estudio de caso.

Estudio de caso: En un asunto extremadamente grande y complejo (más de $1 mil millones) con daños de construcción, propiedad personal, gastos adicionales, interrupción de operaciones, costos de preparación de reclamos, etc., las partes no pudieron llegar a un acuerdo en un protocolo de tasación. Se le solicitó al mediador, un juez retirado del tribunal federal de circuito, que había sido nombrado por el asegurado y aceptado por el tasador de la aseguradora (el autor), que brindara asistencia en la concreción del protocolo de tasación. Los temas del protocolo en disputa comprendían cuestiones como los artículos que se debían valorar, el orden de las cuestiones que debía resolver el panel, los plazos y la exhibición de evidencia, entre otras. El mediador brindó asistencia en la resolución definitiva de todas las cuestiones para que la tasación pudiera seguir adelante de forma ordenada.

Elección del mediador en asuntos no complejos:

La elección de un mediador en cuestiones poco complejas puede ser tan simple como una conversación entre dos tasadores, quienes sugieren nombres de mediadores y luego acuerdan elegir a uno. En esos casos, en los cuales los tasadores se conocen o fueron miembros del mismo panel de tasación en otra ocasión, la selección de un mediador suele ser un asunto simple.

En la mayoría de los casos, deben ser los tasadores los que nombren a los mediadores dentro de un periodo razonable de tiempo y después de que se hayan revelado las identidades de ambos tasadores. [7] Es una buena práctica que un tasador ofrezca más de un posible candidato para mediador. Se considera una buena práctica incluir información de contacto y una invitación para discutir las calificaciones de un mediador potencial con el mediador nominado. [8]

Un mediador, una vez nominado, tiene la obligación hacia los tasadores y las partes de determinar inmediatamente si existen conflictos de interés y, si es así, informar esos conflictos a las partes. No hacerlo provocará que una parte esté insatisfecha y tenga una razón simple para pedir al tribunal que revoque el laudo sobre la base de que el mediador es parcial y no ha declarado un conflicto. Varios estados, como Misuri, Colorado y Texas, tienen jurisprudencia en la que los tribunales revocaron los laudos de tasación por conflictos de intereses no informados, ya sea en lo que respecta a un mediador o a un tasador.

Elección del mediador en tasaciones complejas y con valores altos:

En asuntos grandes y complejos, la selección del mediador puede ser una tarea que consume mucho tiempo y se examina minuciosamente. En general, para seleccionar un mediador deberán considerarse los siguientes lineamientos:

  • Las partes deberían investigar a los candidatos a mediadores con el fin de determinar su nivel de competencia para desempeñarse en el panel.
  • No debería permitirse ningún contacto ex parte (unilateral) en ningún momento, ya sea por una de las partes, un tasador o un abogado que participe en el asunto, ni siquiera para solicitar un currículo o para determinar su interés o disponibilidad.
  • Las partes deberían convenir un intercambio simultáneo de nombres de candidatos, cuando sea conveniente.
  • Las partes deberían acordar el texto de una carta introductoria conjunta que los tasadores enviarán a los candidatos a mediadores (sin revelarle al candidato a mediador la identidad de la parte que lo nomina). La carta debería mencionar al menos lo siguiente:
    • Que el candidato está siendo considerado para actuar como mediador en un reclamo de seguros en disputa (nombrar el caso sin especificar detalles).
    • Que los tasadores desean reunirse junto con el candidato a mediador para determinar su aptitud y predisposición para el servicio.
    • Que el candidato a mediador debería brindarles a los tasadores la información solicitada para permitirles determinar su competencia.
    • Que el candidato a mediador debería revisar la lista de conflictos [9] y estar preparado para informar acerca de cualquier conflicto potencial durante la entrevista inicial.
    • Fechas y horarios potenciales para una entrevista con los tasadores.

También puede resultar de utilidad limitar el número de candidatos y acordar que en caso de que los tasadores no puedan seleccionar un mediador de mutuo acuerdo, las partes realizarán una petición conjunta ante un tribunal para nombrar a un mediador de entre los candidatos de la parte (o un finalista para cada parte). En la experiencia del autor, esto con frecuencia puede llevar a la selección de un mediador que brinde un buen servicio para las partes en el proceso.

Estudio de caso: En disputas de tasación que surgieron en relación con el ataque terrorista del 11 de septiembre de 2001, el autor fue nombrado como tasador designado por las partes en cuatro asuntos en los cuales los valores disputados variaban entre $250 millones y $5 mil millones. En dos de los asuntos, el proceso de selección del mediador recomendado anteriormente concluyó en que un juez de un tribunal del distrito federal seleccionó un mediador de entre los nombres proporcionados por las partes. En ambos casos, los mediadores fueron ampliamente elogiados por las partes por su capacidad de fallar sobre los valores disputados de forma justa y profesional. En los otros dos asuntos, el proceso produjo candidatos propuestos por el asegurado que resultaron aceptables para el autor. En estos casos, los mediadores eran competentes y justos, y ayudaron a resolver los asuntos.

V. Comprender y acordar qué se someterá a tasación

Para que el proceso sea útil es esencial comprender el objeto de la tasación y la manera en que se deben comunicar las dificultades a los tasadores y al mediador que va a emitir el laudo. La imposibilidad de definir con claridad y sin ambigüedades el alcance de una tasación con frecuencia puede agravar el problema. En consecuencia, es absolutamente fundamental que el alcance de la valoración sea definido con claridad en un acuerdo por escrito que no deje al azar el objeto del laudo ni la manera en la que será llevado a cabo. En asuntos no complejos, los tasadores y mediadores expertos con frecuencia pueden determinar qué cosas deben decidirse en el proceso de tasación; sin embargo, las partes deben entender que el alcance de la tasación no puede y no debe ser determinado por los tasadores ni por el mediador.

Acuerdos para valorar disputas con asuntos no complejos:

La importancia de efectuar una demanda de tasación inequívoca fue mencionada anteriormente en el presente documento. A continuación, se explica brevemente cómo interpretar un acuerdo para valuar una pérdida.

El alcance de la cobertura y la tasación se determina en primera instancia según el texto de la póliza correspondiente. En caso de que la póliza no contenga ninguna estipulación al respecto (como es el caso de la mayoría de las pólizas), los valores que se pueden determinar en una tasación son habitualmente los enunciados en la siguiente lista, sin carácter taxativo:

  • Pérdida del costo de reposición: alcance y valor.
  • Pérdida del costo de reposición: únicamente el valor, cuando se llega a un acuerdo respecto de su alcance.
  • Pérdida del costo de reposición limitado: esto ocurre en los casos en los que se debe determinar un único artículo o un conjunto finito de artículos.
  • Pérdida del valor efectivo real
  • período de restauración
  • Costo de demolición
  • Actualización de códigos/Pérdida por leyes y ordenanzas
  • Pérdida por gastos adicionales
  • Pérdida por gastos de agilización
  • Pérdida de alquiler
  • Pérdida por interrupción del negocio

Después de que se haya realizado una demanda de tasación, se recomienda que las partes firmen un acuerdo escrito para evaluar la pérdida. Idealmente, esto puede ocurrir después de que las partes hayan nombrado a sus tasadores, independientemente de si se ha elegido al mediador. Si hay ambigüedad sobre el alcance de la tasación, es esencial llegar a un acuerdo, por escrito, sobre qué valores disputados deberán ser estimados por el panel de tasación, además de otros asuntos que sean pertinentes para la tasación. Como se ha indicado anteriormente, es probable que ni la póliza de seguros ni la jurisprudencia proporcionen orientación en esta área. Para asuntos no complejos se suele presentar un simple "Acuerdo para presentar a los tasadores" como el que se presenta a continuación. [10]

Figura 1: muestra del memorando de la tasación.

El modelo de memorando de tasación anterior (también denominado "protocolo de tasación") demuestra que, independientemente de la magnitud de la disputa, es necesario un simple acuerdo con instrucciones que rijan la tasación para aportar claridad y evitar disputas sobre la tasación posteriores a la valuación y/o litigios respecto de la interpretación del laudo.

Protocolos de tasación complejos:

Los asuntos complejos de valores altos que requieren la estimación de muchos valores requieren un acuerdo detallado antes de proceder con la tasación. A este respecto, las partes, ya sea por sus propios medios, con la ayuda de un mediador o según lo ordene un tribunal, deben firmar un protocolo por escrito que tenga el efecto de una "orden". Para que un protocolo de tasación sea útil, se requiere comprender la naturaleza de la disputa con respecto a la pérdida y el valor, así como tener bien en claro cómo debe informar los valores el panel. Como mínimo, el protocolo de tasación para asuntos complejos debe incluir lo siguiente: [11]

  1. Los nombres de las partes, además de la fecha y el tipo de pérdida.
  2. El alcance de la tasación, indicando claramente los valores que serán determinados por el proceso. [12]
  3. Una lista de los asuntos legales acordados por las partes sobre los que los mediadores pueden decidir o una declaración de que los tasadores y mediadores no pueden decidir cuestiones de ley o cobertura.
  4. La identidad de los tasadores.
  5. La identidad del mediador o una descripción del procedimiento para su elección.
  6. Declaración que establece que las disputas respecto del protocolo deberán ser resueltas por el panel.
  7. La manera en que la pérdida en disputa debería valorarse, la cual puede incluir:
    1. Cronograma y ubicación de una tasación.
    2. Método para registrar el procedimiento de tasación.
    3. Los asuntos de descubrimiento también pueden incluir un poder de citación por parte del panel.
    4. Utilización de expertos.
    5. Forma en la que será valorada la pérdida.
    6. Modelo del formulario del laudo o instrucciones sobre la forma en la que se informará el laudo.
    7. Definiciones de los términos y la cobertura.
  8. Artículos generales
    1. Declaración respecto de la prohibición de comunicación ex parte entre las partes y el tasador.
    2. Declaración respecto de la prohibición de comunicación ex parte entre los tasadores y el mediador.
    3. Asuntos o acuerdos de confidencialidad.
    4. Terminología de exención de responsabilidad para proteger a los tasadores y al mediador. [13]
    5. Otro, según sea necesario.

VI. Otras cuestiones que se deben considerar

Clarificación de las disputas respecto a las definiciones o cobertura de la tasación

Debería quedar en claro que cuando existen cuestiones relativas a la cobertura, los sublímites, la división del interés asegurable, etc., se recomienda implementar un protocolo detallado que indique que se ha acordado la valoración. Es de suma importancia que las partes traten de evitar litigios innecesarios luego de una valoración respecto de un laudo que sea ambiguo o no brinde suficiente información para dar por finalizado el reclamo o para valuar los asuntos de cobertura que puedan ser objeto de litigios posteriores a la valoración. La obtención de un laudo que no brinda orientación práctica a las partes y no puede usarse como mecanismo para finalizar el reclamo es una utilización impropia del proceso de tasación.

Lo mismo sucede a menudo en los casos en los que existen conflictos respecto de la manera de calcular una tasación particular. Por esta razón, puede ser útil para el panel incluir definiciones (si están acordadas) en el protocolo. Cuando las partes no logran llegar a un acuerdo respecto de la metodología y cobertura en disputa, es posible que se requiera la orientación de un tribunal para que el panel pueda determinar el monto a conceder. Debido a que el panel de tasación no puede interpretar el significado del contrato de seguro o definir los términos de tasación en un laudo, el proceso de tasación divide esencialmente las disputas de daños y responsabilidad en aquellos casos en que también se disputan los métodos de cobertura o tasación.

Las disputas de cobertura o definición se pueden resolver de tres formas:

  1. Antes del comienzo de la tasación.
  2. Durante la tasación.
  3. Después de la tasación.

No existe una guía práctica que pueda ofrecerse respecto del momento óptimo para resolver estas cuestiones, si bien cabe resaltar que en algunos casos las partes no pueden identificar las disputas sobre la cobertura o las definiciones antes de la tasación y, por lo tanto, no pueden resolverse hasta que esta última haya comenzado.

En general, las disputas que incluyen una metodología de valoración deben ser resueltas por un tribunal antes de la tasación o durante su transcurso. [14] En la mayoría de los casos, estos temas específicos probablemente aparezcan antes de la tasación, ya que suelen constituir el núcleo de las diferencias que condujeron a la disputa. Lamentablemente, a veces las partes proceden a la tasación sin impartir instrucciones claras e inequívocas al panel de tasación acerca de la definición de los valores que pretenden.

A continuación, se incluye una breve lista de las disputas sobre definiciones más habituales que no puede resolver un panel de valoración:

1. Costo de reposición: es habitual que las partes no estén de acuerdo en cuanto a la definición del costo de reposición, en particular porque se relaciona con la fecha de valuación de una compensación adjudicada. A veces un asegurado o su tasador toman la fecha del laudo como la fecha de la tasación. Es probable que una aseguradora defina el costo de reposición según el valor a la fecha y hora de la pérdida. Cuando surgen disputas de esta naturaleza, debe resolverlas un tribunal. Si el asunto no queda decidido antes de la tasación, las partes pueden pedir al panel de tasación que proporcione dos valoraciones separadas para que se pueda finalizar cuando un tribunal decida el asunto legal.

2. Valor efectivo real: las disputas respecto del método de cálculo del valor efectivo real, que depende de cada jurisdicción, son habituales en una tasación. Dejando de lado la cuestión de si la pérdida se encuentra en un estado que sigue la regla de evidencia general, la regla de valor de mercado o el método del costo de reposición menos depreciación, también pueden surgir conflictos en cuanto a si las definiciones del valor efectivo real contenidas en la póliza cambian la ley específica de la jurisdicción.

Estudio de caso: Quizás el mejor ejemplo de la necesidad de definir con claridad los términos para el panel de tasación se encuentre en Elberon Bathing Co., Inc. contra Ambassador Insurance Company. Aquí, hubo un desacuerdo en el monto de la pérdida y las partes decidieron resolver la disputa de valoración mediante una tasación. El tasador de la aseguradora y el mediador designado por el tribunal adjudicaron el costo de reposición como la pérdida de valor efectivo real. El tasador de la aseguradora se negó a firmar el laudo. Finalmente el laudo fue revocado, ya que la legislación de Nueva Jersey requiere que se considere un amplio espectro de evidencias para determinar el valor efectivo real, y el laudo del panel se basó en un método que no aplicó la regla de evidencia general de Nueva Jersey. Esto ilustra claramente el problema de que incluso en aquellos casos en que se imparten instrucciones claras se requieren definiciones apropiadas o fallos judiciales para que el panel pueda tasar adecuadamente la pérdida.

3. Período de restauración y período de indemnización: los tasadores y el mediador no pueden determinar estos términos desde el punto de vista legal ni de la cobertura. No es poco frecuente que el tasador de un asegurado reclame que el período de restauración y el período de indemnización deberían incluir el tiempo transcurrido entre la fecha de la pérdida y el momento en que se reconstruya la propiedad, en caso de que esto ocurra, luego de que se decidan los montos de la valoración. Por el contrario, las aseguradoras podrían tomar la posición de que el periodo comienza en la fecha de la pérdida y termina cuando los daños físicos han sido reparados o reemplazados, asumiendo el ejercicio de la debida diligencia y el despacho. A menos que estas cuestiones sean acordadas como parte del protocolo de tasación, según la experiencia del autor los tasadores en primer lugar valúan el tiempo que tomará realizar las reparaciones físicas sin una fecha de inicio de la construcción específica; luego, valoran la interrupción del negocio o determinan el valor del alquiler mensual correspondiente al período reclamado. En tal caso, el laudo debería indicar que las partes disputan el método de valoración, pero que proporcionan detalles suficientes para que el asunto se concluya una vez que se terminen las interpretaciones de la póliza legal.

Tasaciones múltiples:

En algunos casos, las partes demandan tasaciones individuales para cada disputa relacionada con una cobertura limitada que pueda surgir ante una pérdida determinada. Por ejemplo, es común que un reclamo controvertido incluya disputas separadas por pérdida edilicia, de propiedad personal y de interrupción del negocio, entre otras cosas.

Sin dudas, es fácil comprender el beneficio de que cada disputa limitada sea resuelta por paneles distintos, cada uno con su propia competencia para dictaminar valores justos y objetivos en cada área de cobertura en disputa. Sin embargo, una parte o la otra pueden decidir que esto no es práctico. Ya sea para obtener una ventaja táctica percibida o para evitar gastos innecesarios, en tal caso, las partes pueden convenir ya sea tasar parcialmente la cobertura en disputa con un panel exclusivo para cada parte por separado, o bien emplear un mediador y varios tasadores por parte. Esto le permite a cada parte tomar su propia decisión respecto de si corresponde nombrar a varios tasadores.

Estudio de caso: En un asunto grande y complejo que involucraba pérdidas en edificios, gastos adicionales, interrupción de operaciones, interés de arrendamiento, propiedad personal y gastos de preparación de reclamos, el autor fue uno de los tres tasadores de la aseguradora. En el mismo caso, el asegurado nombró un tasador y las partes llegaron a un acuerdo sobre un mediador que entienda en todos los asuntos disputados.

Gastos del mediador:

En ciertos casos, los mediadores incurrirán en gastos por diversas razones, pero generalmente al buscar asesoramiento de profesionales independientes que puedan asistirlos para tomar una decisión informada. En algunos casos, un lado o el otro objeta los gastos de retención del mediador para decidir sobre un asunto disputado.

La opinión del autor es que, independientemente de cualquier objeción o inquietud, un mediador no debería tener limitaciones a la hora de intentar emitir una decisión justa e imparcial. Debido a que el proceso de tasación está diseñado para generar laudos de valuación justos e imparciales, existen casos en los que es posible que un mediador no posea la experiencia directa o específica para determinar qué tasador (o parte) tiene la postura correcta. En estos casos, debe permitirse que el mediador incurra en gastos razonables de asesoramiento y las partes deben, por lo tanto, compartir los gastos.

Estudio de caso: El autor fue seleccionado como mediador en una disputa de valoración por un incendio con pérdida total en una antigua casa de madera perteneciente a una actriz famosa. En el momento de la tasación, la casa ya se había reconstruido con un edificio similar pero más grande. Durante la reconstrucción, la municipalidad local ordenó una serie de actualizaciones y requisitos de zonificación costosos que se incluyeron en el reclamo y, en la opinión del tasador del asegurado, deberían haberse incluido en el laudo, en el cual las partes acordaron la ejecución de las leyes y ordenanzas locales (actualizaciones de código) como un asunto que decidiría el panel de tasación. El tasador de la aseguradora argumentó que las actualizaciones del código no habrían sido necesarias si el hogar se hubiese reconstruido exactamente como estaba antes del incendio con pérdida total. Para determinar la valoración adecuada, el autor primero intentó determinar si la casa podría haberse reemplazado "tal como estaba" y luego conservó a un experto para determinar qué actualizaciones de códigos se habría requerido si la propiedad se hubiera reemplazado lo más cerca posible de la casa que se había destruído. Las partes compartieron los honorarios de expertos de manera equitativa en el entendimiento de que esta información era necesaria para que el mediador emitiera un laudo justo sobre el valor.

Fracaso de la tasación:

En casos excepcionales, los tasadores y mediadores serán incapaces de producir un laudo sobre una pérdida o artículo disputado. [15] Generalmente, esto puede ocurrir cuando hay una cuestión de fraude, una representación falsa o mala fe en el reclamo subyacente. En dicho caso, puede ser difícil para los miembros del panel determinar los hechos y/o circunstancias que permitirán dictar un laudo claro, informado e imparcial. En los casos en que se presume fraude o incendio intencional, en general se aconseja a las partes no solicitar una tasación ni aceptar una demanda de tasación.

VII. Resumen

Aunque el proceso de tasación es una herramienta útil para resolver disputas relativas a la pérdida y el valor, es absolutamente necesario abordar el proceso de forma reflexiva. Con el fin de evitar confusiones, litigios posteriores a la tasación y la posibilidad de un laudo incompleto o de escasa utilidad práctica para las partes, se exhorta tanto a los asegurados como a las aseguradoras a clarificar la disputa y llegar a un acuerdo sobre el alcance del proceso de tasación. El uso de un protocolo claro, conciso y completo para valorar cualquier pérdida es un elemento clave para garantizar la resolución definitiva de cualquier reclamo.

Más información acerca del autor

Jonathon C. Held es presidente y CEO de J.S. Held, LLC, una empresa de consultoría con más de 1,500 profesionales en cinco continentes. Durante sus más de 45 años en la empresa, Held ha sido responsable del crecimiento de la firma, que pasó de tener dos empleados a ser una compañía de consultoría multidisciplinaria con alcance internacional. Held se ha desempeñado como consultor y experto en numerosos casos de alto perfil y valor durante su carrera, incluidas muchas de las reclamaciones de propiedades de mayor valor de la historia. Ha estado a cargo de asignaciones en los 50 estados de los EE. UU., en más de 20 países y en los cinco continentes. Ha sido testigo experto y panelista encargado de resolución de conflictos en numerosos casos en todo Estados Unidos. Held también escribió muchos artículos publicados y fue orador en numerosas conferencias educativas, incluidas (entre otras) PLRB, LEA, ABA, la conferencia de Wind Network, Lloyds Market Association, y la conferencia de Property Insurance Coverage Group en Lloyds.

Puede contactarse con Jonathon enviando un correo electrónico a [email protected] o llamando al +1 516 621 2900.

Referencias

[1] Líneas 123 hasta 140.

[2] Es evidente que el tema de si una demanda de tasación es oportuna puede ser una preocupación en muchos casos. Un impasse puede indicar simplemente que una parte está en desacuerdo con la posición de otra parte. Quizás el ejemplo más extremo de esto pueda apreciarse en el caso S.R. International Business Insurance Company vs. World Trade Center Properties (el Litigio del World Trade Center 9/11 consolidado). Aquí, Allianz Global Risks, una de las 24 aseguradoras de mercado que ejecutaron la cobertura del World Trade Center antes del 9/11, hizo su propia demanda de tasación una vez que el litigio ya había comenzado y después de que los asegurados hubieran presentado una prueba inicial de pérdida, pero antes de que las aseguradoras hubieran completado su cálculo del monto de la pérdida. El asegurado se opuso a la demanda de tasación de Allianz alegando (entre otros argumentos) que la demanda era prematura. Luego, el Tribunal Federal de Distrito dictaminó a favor de Allianz y resolvió que la tasación era adecuada y oportuna.

[3] Por ejemplo, si un asunto involucra una audiencia probatoria controvertida en un formato de juicio virtual, el tasador debe ser competente para representar a la parte según el formato de tasación elegido.

[4] Se pueden encontrar cartas de demanda y respuesta en el PDF de este artículo.

[5] El autor fue miembro del panel de tasación formado recientemente.

[6] Si existen conflictos, deberán ser expuestos y dispensados por todas las partes. Es conveniente que las partes celebren un acuerdo mediante el cual el conflicto por sí mismo no pueda dar lugar a una acción posterior a la valoración para revocar la sentencia. El autor ha sido elegido por las partes para actuar como mediador y ha informado un conflicto, y esto no resultó ser un problema para la finalización exitosa de la tasación.

[7] Se puede encontrar la carta de nombramiento del mediador sugerido en el PDF de este artículo.

[8] Las Partes nunca deberían participar en una entrevista con los candidatos a mediador, y no debería haber comunicación ex parte con ningún nominado a mediador.

[9] Las partes deberían acordar una lista exhaustiva de conflictos para incluir con una carta introductoria.

[10] Este acuerdo está incluido en el anexo, en el PDF de este artículo.

[11] Se incluye protocolo de tasación compleja de muestra en el anexo, en el PDF de este artículo.

[12] En reclamos grandes y complejos, donde hay múltiples aseguradoras con políticas no concurrentes o múltiples asegurados que tienen intereses asegurables diversos, puede ser necesaria un mayor desglose de la indemnización, y esto debería estar claramente articulado en el protocolo.

[13] Los tasadores y mediadores buscan quedar libres de responsabilidad por las partes de la misma forma que los acuerdos de arbitraje y mediación buscarán liberar a los árbitros y mediadores de toda responsabilidad.

[14] La única alternativa es tener los valores de la indemnización del panel en cada uno de los métodos disputados, suministrando a la corte un menú de indemnizaciones "a la carta" para aplicar una vez que se determine la cobertura. Esto, por lo general, no es práctico en casos grandes y complejos, ya que podría generar dificultades financieras y gastos adicionales innecesarios.

[15] La imposibilidad de llegar a un fallo de indemnización es meramente la incapacidad de lograr que dos miembros del panel de tasación firmen una indemnización, o, en casos excepcionales, el panel de tasación acepta de forma unánime que no puede decidir sobre el tema de las causas y el valor.

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